A- de 2024
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Amador Castaño Juan Jose·Demandado Rodriguez Retrepo Juan Felipe Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Séptimo Civil del Circuito de Oralidad de Medellín y el Juzgado Veintiséis Laboral Del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en el proceso declarativo de indemnización de perjuicios que presentó un ciudadano en contra de la Corporación Pedaleamos por Colombia.
Concluyo la Corte que no es competente para resolver el precitado conflicto, toda vez que la colisión se generó entre autoridades que integran la jurisdicción ordinaria.
Con base en lo anterior, la Sala Plena se declaró inhibida para emitir pronunciamiento de fondo y dispuso enviar el expediente al Tribunal Superior de Distrito Judicial de Medellín para que adelante los trámites de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia suscitada entre el el Juzgado
- Séptimo. Civil del Circuito de Oralidad de Medellín y el Juzgado Veintiséis Laboral Del Circuito de Medellín, respecto de la demanda presentada por el señor Juan José Amador Castaño contra la Corporación Pedaleamos por Colombia liquidada,
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-4117 al Tribunal Superior de Distrito Judicial de Medellín para que adelante los trámites de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.